En 2003, el Ministerio de Medio Ambiente declaró la caducidad de la concesión a Fertiberia para verter sus residuos industriales (fosfoyesos) a las marismas del río Tinto, pero a pesar de ello, en 2008 la Junta de Andalucía, concedió la AAI a la empresa.
El Defensor del Pueblo sugiere a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía que inmediatamente “ordene la paralización de los vertidos de fosfoyesos lo que implica la paralización de la actividad”. La resolución también recuerda los episodios de contaminación que han tenido lugar en la ría de Huelva como consecuencia de los vertidos de lixiviados de fosfoyesos “fuera del supuesto circuito cerrado”, y cuestiona que el método de producción actual sea la mejor técnica disponible, como exige la AAI.
Para poder dictaminar la nulidad, el Defensor del Pueblo ha solicitado información sobre la situación de las marismas de Mendaña en Huelva a las tres administraciones implicadas: Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar del Ministerio de Medio Ambiente y Consejo de Seguridad Nuclear.
“Coincidimos plenamente con las declaraciones del Defensor del Pueblo, como denunciamos en su momento el vertido en la marisma no debió ser autorizado por la Junta de Andalucía porque la empresa ya no contaba con la concesión” ha declarado Juan Carlos del Olmo, Secretario General de WWF España. Para Julio Barea, responsable de la campaña de contaminación de Greenpeace “Esto es un nuevo revés a la política de hechos consumados de la Junta de Andalucía. Ahora toca trabajar para solucionar las ilegalidades y lograr descontaminar la zona de la manera más efectiva posible”.
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